viernes, 13 de diciembre de 2013

Empresa sociedad o sociedades.

Sociedades Personalistas. En este tipo de empresas, lo más importante son las personas. Por eso siempre en la razón social (nombre de la empresa), se pone el nombre del socios/s. Un ejemplo muy bueno es cualquier abogado/s privado. Si no se quiere poner todos los nombres o hay alguien que por cualquier razón no quiere que su nombre sea expuesto, se suele poner al lado de los demás nombres "y Compañía" o "y Cía". Dentro de estas empresas podemos destacar 2 tipos de sociedades:

         - Sociedad colectiva. Es aquella que tiene que tener como mínimo 2 socios (colectivos). Tienen responsabilidad ilimitada frente a las deudas, es decir, si no pueden pagarlas con el capital de la empresa, han de pagarlo con su patrimonio personal. Todos los trabajadores de este tipo, trabajan en la empresa y aportan capital para su financiación, por lo que cobran un beneficio o interés extra.
Esta sociedad puede ser regular o irregular.
         - Sociedad comanditaria o Sociedad encomandita personalista. Al igual que en las colectivas, el mínimo de socios es de 2. Están compuestas de dos tipos de socios:
                     - Socios colectivos, o sea los mismos que en la colectiva.
                     - Socios industriales. Está es la mayor diferencia entre la colectiva y la comanditaria. Estos socios, a diferencia de los colectivos, sólo trabajan en la empresa y NO aportan capital para su financiación, por lo que luego no reciben ningún beneficio extra. Esto se define de forma económica. como que estos socios tienen una responsabilidad limitada al capital aportado.

       

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